Algunos tips para participar de las elecciones de constituyentes, alcaldes, concejales y gobernadores regionales

De no haber cambios que se pudieran generar producto de la pandemia, el sábado 10 y domingo 11 de abril de 2021 se realizarán las elecciones de Convencionales Constituyentes, Gobernadores Regionales, Alcaldes y Concejales. Con estos escrutinios se elegirá a los 155 ciudadanos y ciudadanas que redactarán una Nueva Constitución para Chile, donde los electores habilitados para sufragar podrán optar por alguna lista o candidato/a para que represente su respectivo distrito electoral.

El martes 06 de abril de 2021, el Servicio Electoral publicará en diarios, los facsímiles de las cédulas de votación y comenzarán a aclararse algunos aspectos de una elección que tiene mucho de particular, no sólo por la pandemia, sino por los cargos que se eligen, convencionales constituyentes y Gobernadores Regionales por primera vez.

El Servel ya ha esclarecido algunos aspectos de este sufragio, al mismo tiempo, la académica de la Facultad de Derecho, Tania Busch, nos ayuda a aclarar algunas dudas respecto del proceso y de lo que vendrá.

¿Puedo votar con mi cédula de identidad vencida?

Sí, se aceptan cédulas de identidad o pasaportes que se encuentren vencidos durante los años 2020 o 2021 para la Elección de Gobernadores Regionales, Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales, para el sólo efecto de identificar al elector.

¿Se puede presenciar el escrutinio de votos en el Local de Votación?

Sí. Los escrutinios en los Locales de Votación son públicos; por lo tanto, pueden ser presenciados no sólo por los Vocales de Mesa y los Apoderados, sino que también por cualquier persona que así lo desee. Como medida sanitaria, el aforo máximo será de 10 personas durante el escrutinio.

¿Cuáles son los períodos de Propaganda Electoral para las Elecciones de Gobernadores Regionales, Convencionales Constituyentes, Alcaldes y Concejales?

Se podrá realizar propaganda electoral desde el 12 de marzo y hasta las 24:00 horas del día 8 de abril de 2021.

¿Cuántos constituyentes podrá elegir cada votante y cómo será la separación entre constituyentes generales y pueblos indígenas?

Sólo uno. No hay separación entre constituyentes generales e índígenas, solo hay diferencias en la forma de elección.

¿Una vez conformada la convención constituyente con sus 155 integrantes, cuáles serán sus atribuciones y sus límites?

Su única atribución es la redacción de un proyecto de nueva Constitución. La Constitución no les permite atribuirse ninguna otra. Sus límites están en el artículo 155 de la Constitución y tienen que ver con respetar la forma democrática y republicana de gobierno, las sentencias judiciales y los tratados internacionales.

¿Habrá otras instancias de participación ciudadana en el proceso de creación de la nueva constitución?

Eso lo tiene que decidir la Convención en su reglamento. Lo esperable es que así sea, por las experiencias comparadas, pero no está definido todavía.

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